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Archivo de Enero de 2012

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Jueves, 26 de Enero de 2012

Presentación COBRO AGIL
El enlace es: http://youtu.be/sjkDQql9ZtQ

Proposición de ley de regulación de la dación en pago, de paralización de los desahucios y de alquiler social.

Jueves, 26 de Enero de 2012

Exposición de motivos

El crecimiento económico español de los últimos años ha ido estrechamente ligado a la construcción de viviendas y al impulso de la propiedad privada como principal régimen de tenencia. Para alcanzar este objetivo, las entidades bancarias, estimuladas por la ausencia de controles públicos, incentivaron la concesión abusiva de créditos hipotecarios.
El estancamiento de los salarios, el vertiginoso aumento del precio de la vivienda, la ausencia de viviendas de alquiler, unos tipos de interés en mínimos históricos, así como una deficiente supervisión por parte del Banco de España, reconocida por la propia Comisión Europea, empujaron a decenas de miles de familias a endeudarse. Para poder acceder a una
vivienda las familias contrajeron hipotecas de hasta 40 años comprometiendo en muchos casos más del 50% de sus ingresos. En muchas ocasiones, además, las hipotecas se concedieron por un importe superior al 80% del valor de tasación, lo que supone una exposición desmesurada al riesgo.
Como resultado de esta situación la principal causa de endeudamiento de las familias en el estado español es el crédito hipotecario. Este endeudamiento de las familias respecto a las rentas disponibles ocupa los primeros puestos del ranking internacional. Este sobreendeudamiento se ha producido especialmente durante los últimos años. La proporción entre renta y endeudamiento ha crecido desde el 45% en el año 1995 o del 76,7% en 2001
hasta sobrepasar el 140% en 2008.
El estancamiento del modelo de crecimiento económico, el estallido de la burbuja inmobiliaria y la posterior crisis financiera y económica han dejado en España unas altísimas tasas de desempleo. La disminución de ingresos hace que muchos hogares que no puedan afrontar el pago de la hipoteca. Cuando esto ocurre el ordenamiento español prevé un procedimiento de ejecución hipotecaria que comporta no sólo la pérdida de la vivienda habitual, sino también la posibilidad de que se embarguen los salarios y otros bienes presentes y futuros.
Concretamente, la regulación actual implica que la entidad bancaria pueda adjudicarse la vivienda por tan sólo el 50% del valor de tasación y seguir exigiendo a la familia el monto restante, más los intereses generados y los gastos del procedimiento judicial. De tal manera que las personas que padecen un proceso de ejecución hipotecaria no sólo pierden sus viviendas habituales, sino que en muchas ocasiones, además, se quedan con buena
parte de la deuda, con una condena de por vida que las excluye definitivamente de cualquier circuito financiero o crediticio.
Desde 2007, año en que estalló la crisis, hasta el 2010, el número de ejecuciones hipotecarias se ha situado en 271.570. La evolución ha tenido un crecimiento exponencial: los datos de 2010 multiplican por cuatro las ejecuciones hipotecarias realizadas en 2007.
La supuesta autonomía privada en la contratación de créditos hipotecarios se ha visto claramente desvirtuada. El presunto equilibrio entre entidades financieras y familias ha desaparecido. La igualdad se ha convertido en desequilibrio. Por este motivo las personas con hipotecas objetivamente inasumibles necesitan el establecimiento de mecanismos de ayuda, protección y resolución a fin de garantizar una cobertura suficiente de sus necesidades básicas y de sus derechos constitucionalmente reconocidos.
Es necesario articular una solución que libere a las familias hipotecadas de los efectos perversos de la concesión excesiva de crédito por parte de las entidades financieras, de la sobrevaloración de las viviendas, así como de las condiciones abusivas en la concesión de créditos hipotecarios.
La solución que se propone en la presente Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación en pago la fórmula preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el bien ejecutado sea la vivienda habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera supondrá el pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los intereses y costas. La extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la extinción de cualquier tipo de fianza o aval.
Un Gobierno consciente de la cuota de responsabilidad de las entidades financieras y de las propias administraciones públicas en lo ocurrido no debería dudar en colocar el derecho a la vivienda de las personas susceptibles de ser desalojadas por encima de los beneficios de la banca. En realidad, una medida como la dación en pago es tan sólo un paso en la lucha para frenar la cultura especulativa que ha conducido a la situación actual. A su vez, la dación en pago liberaría a las administraciones públicas de la necesidad de atender con fondos públicos el empobrecimiento económico, social y personal de las familias.
En coherencia con esta propuesta se regula la paralización de los lanzamientos derivados de ejecuciones hipotecarias, proponiéndose la conversión de la vivienda adjudicada por la entidad financiera en un alquiler social a favor del ocupante, con unos importes de renta situados en el 30% de la renta del arrendatario.
Estas propuestas, además, están en la línea de las observaciones que la Unión Europea ha efectuado para prevenir los problemas de sobreendeudamiento y para que el acceso al crédito se haga de forma responsable. Supondría hacer efectivo el derecho del deudor de buena fe, en sede hipotecaria, a rehacer su vida económica, y equiparar así la normativa española a la del entorno europeo, donde están previstos diversosprocedimientos, bien administrativos, bien judiciales, para afrontar lassituaciones de insolvencia de personas físicas.

La morosidad se ceba con los servicios profesionales

Jueves, 26 de Enero de 2012

La morosidad se ceba con los servicios profesionales Los impagos a autónomos son el doble que en el resto de sectores en toda Europa. La crisis está disparando la morosidad en todos los sectores, aunque especialmente en los servicios profesionales que prestan abogados, ingenieros, arquitectos, consultores, médicos o contables.
Mientras que para el conjunto de sectores en Europa en 2011 los impagos representan un 2,7% de pérdidas sobre las ventas, en el caso de los autónomos esta cifra se dispara hasta el 4,5%.
Así lo revela una encuesta realizada por Intrum Justitia entre 6.000 empresas de 25 países de toda Europa. ¿A qué obedece que los servicios profesionales sean los más castigados por la morosidad? Los expertos lo achacan a que “la relación comercial entre estos profesionales y sus clientes no es cercana”, esto es, “que los contactos y las reuniones son poco frecuentes o se limitan a proyectos puntuales”. En cualquier caso, son las dificultades financieras de los acreedores las que en última instancia es la causa directa del incumplimiento.
Los costes que supone la demora en el cobro de los servicios y, llegado el caso, la provisión como pérdida si se produce el impago restan competitividad a las empresas y profesionales, que podrían bajar los precios, incrementar la inversión en I+D+i, en recursos humanos y tecnológicos y mejorar sus márgenes de no tener este lastre.
Para recuperar la deuda por la vía de las ventas, la empresa tendría que multiplicar estas varias veces. Así, por ejemplo, si la cantidad anotada en pérdidas por impago es de 10.000 euros y la empresa o el profesional trabajan con un margen del 5%, tendría que tener unas ventas adicionales de 200.000 euros para compensar esta cantidad. En el caso de que el margen fuera menor, del 2% por ejemplo, la facturación adicional tendría que ser de 500.000 euros para compensar una deuda de 10.000.
Competitividad
La morosidad en los servicios profesionales ha repuntado este año de nuevo desde el 4% al 4,7%. El 49% de las facturas se pagan antes de 30 días, dos puntos menos que el año pasado, mientras que el 36% se abonan entre 30 y 90 días, el mismo porcentaje que en 2010. Aumentan los pagos que se realizan a más de 90 días, que pasan de representan el 13% al 15% de las facturas.
Otro de los sectores con tasas altas de morosidad es el de la vivienda y el inmobiliaria, con un 3,8% de pérdidas por impagos. Las compañías de servicios principales (utilities) son las que gozan de mayor regularidad en los pagos, con tasas del 1,5%. La administración es la que tarda más tiempo en pagar. Los impagos suman unos 300.000 millones al año en Europa.
Una de las claves que dan los expertos para mantener disciplinados a los acreedores es establecer una política de crédito distinta para cada cliente, con límites y condiciones adaptados a su nivel de solvencia. Uno de los primeros pasos antes de ejecutar una venta a crédito es proveerse de informes de solvencia del cliente y establecer unos objetivos de cobro, así como medidas y consecuencias en caso de que se produzca un retraso en el abono. Se recomienda que tanto los clientes como los empleados que tengan contacto con ellos sepan claramente la política de crédito de la compañía.
La mitad de los profesionales no trabaja con una firma especializada en la gestión de cobros y otro 50% aguarda unos 80 días de media antes de confiar la recuperación de la deuda a un experto, según datos de Intrum Justitia.
Intrum Justitia estima que los impagados en Europa ascienden a unos 312.000 millones de euros, y que la media europea de pérdidas por impagos se sitúa en el 2,7 por ciento. El sector de actividad con mayor quebranto por este concepto es el de servicios profesionales (autónomos, abogados, arquitectos, ingenieros…), con unas pérdidas por morosidad del 4,5 por ciento. Y el que menos sufre los impagos es el sector de las utilities (gas, agua, energía), con pérdidas del 1,5 por ciento.

Fuente: Cinco Días